Se constató la asistencia de 22 de delegados, de los 23 elegidos y convocados de conformidad con la reglamentación expedida por los directivos del FONDEC, ellos fueron:
Bogotá: José S. Capera, Edgar Malagón, Carlos O. Rengifo, Luis G. Martínez, Patricia Ruiz.
GLP: Irma A. Sánchez, Yolanda Gómez
Cali: Edgar A. Rodríguez
Armenia: María Doris Gutiérrez
Ex Empleados: Alirio Leal, Santiago Arboleda B/Quilla: Ailén Carrillo Daza
Medellín: Rosaura García
Bucaramanga: Luis Carlos Picón
Cartagena: Josefa Medina
Ibagué: Jesús Alberto Varón
Cúcuta: Claudia Sarmiento
Manizales: Luis A, Moreno
Montería: Enilse Muñoz
Neiva: Martha C. Casallas
Pereira: Jorge A. Hernández
Interactivo: Alberto Herrera
Igualmente asistieron los miembros principales de la Junta Directiva, Comité de Control Social, Gerente y funcionarios del FONDEC.
Se eligió como Presidente de la asamblea al señor Edgar Rodríguez, Vicepresidente Alirio Leal y como Secretaria a la Sra. Yolanda Gómez.
Comisión Redactora y Aprobadora del Acta a los señores: Saúl Capera y Edgar Malagón.
Se presentaron los informes de los diferentes entes administrativos y de vigilancia, así:
De la gestión efectuada durante el año 2008, se destacan las cifras y actividades:
| Cuentas | AÑO 2007 | AÑO 2008 | % CRECIMIENTO |
|---|---|---|---|
| Excedentes | $34.924 | $53.026 | 51.83% |
| Cartera | $4.978.481 | $5.318.375 | 6.82% |
| Aportes y Ahorro | $5.009.768 | $5.640.178 | 12.58% |
| Activos | $5.356.203 | $6.026.282 | 12.51% |
| Ingresos | $703.284 | $795.127 | 13.06% |
El resumen es:
Pasivos contingentes: El resultado final de la demanda laboral instaurada por el Sr. Juan Carlos Borda contra el Fondec fue la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá de 22 de mayo/08 confirmando la absolución, que impartió el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Bogotá. De esta forma termina el proceso a favor de Fondec.
Presentación del proyecto de Distribución de excedentes/08, el cual quedó así:
Para la ejecución del 80% de los excedentes, la Asamblea creó una Comisión, conformada por los siguientes delegados - Señores: Alirio Leal, Luis Antonio Moreno, Luis Gerardo Martínez, Rosaura García, Luis Carlos Picon. La función de esta comisión generar ideas y gestionar proyectos sociales que beneficien a los asociados y sus familias.
Se presentó el proyecto COMPRA DE INMUEBLE como sede para el FONDEC, el cual es aprobado, así:
Monto $170.000.000. Se da poder a la Junta Directiva para que efectúe los estudios correspondiente y determine la mejor forma de adquirirlo.
Se reformaron los artículos No(s) 11, 31, 59.
Los mismos quedan de la siguiente manera:
REFORMA APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS
ARTICULO 11o. VARIABILIDAD Y REQUISITOS DE INGRESO: Podrán ser asociados de “FONDEC” las personas naturales que tengan el vínculo laboral o contractual de prestación de servicios o aprendizaje con Caracol S.A., empresas vinculas o afiliadas o lo hayan tenido y cumplan los siguientes requisitos:
1. Ser legalmente capaz.
2. Podrá afiliarse la persona que tenga vínculo laboral o contractual de prestación de servicios o aprendizaje, a partir de su vinculación, o que lo hayan tenido
3. Presentación de la solicitud de ingreso a la Junta Directiva y aceptación de la solicitud por dicho órgano.
4. Autorizar al pagador de la respectiva entidad patronal para que retenga de su salario u honorarios, con destino a “FONDEC” la suma correspondiente para cubrir el valor de la cuota periódica de aportes sociales y ahorros permanentes establecida en el presente estatuto, así como las cantidades que correspondan a amortización de préstamos y demás obligaciones económicas que el asociado adquiera con “FONDEC” ó comprometerse a pagar directamente consignando en las cuentas correspondientes como es el caso de los pensionados y trabajadores de las mismas empresas que a su retiro continúen asociados al Fondec o que lo hayan tenido.
ARTÍCULO 59.-SESIONES. La Junta Directiva se reunirá en sesiones ordinarias cada dos (2) meses, y en forma extraordinaria cuando se requiera, previa convocatoria del Gerente, indicando el tema o temas a tratar, hora y día de la reunión y solo podrá deliberar y determinar sobre la materia o materias para la que fue citada. La citación podrá efectuarse por medio de correo electrónico
ARTICULO 31o. COMPROMISO ECONOMICO DE LOS ASOCIADOS: Todos los asociados a “FONDEC”, se obligan a aportar cuotas mensuales permanentes por un monto mínimo equivalente al dos por ciento (2%) de su salario mensual ordinario, Entendido: sueldo básico, horas extras, comisiones y honorarios y en el caso del salario integral no se tomará en cuenta el factor prestacional establecido en la ley y sin que exceda el diez por ciento (10%) del mismo, pagaderas en la misma periodicidad que los asociados reciben del citado ingreso.
Los pensionados y los trabajadores que a su retiro continúen asociados a Fondec, aportarán mensualmente el equivalente a tres (3) salarios mínimos legales diarios. Esta es la base para la clasificación de aportes y ahorros.
Del total de la cuota permanente aquí establecida, el diez por ciento (10%) se llevará a aportes sociales individuales y el noventa por ciento (90%) a una cuenta de ahorros permanentes.
La letra en negrilla es la parte modificada o adicionada.